«Si cuesta dinero no es un derecho»: una frase que suena profunda y no lo es en absoluto

que son los derechos - acceso a la salud pública

¿Qué son los derechos? La falacia que se hace pasar por filosofía


Hay un argumento que circula con entusiasmo en ciertos sectores de la opinión pública argentina, compartido con la satisfacción de quien cree haber resuelto un problema que los filósofos tardaron siglos en plantear. Dice, en su versión más concisa:

«Si te cuesta dinero, no es un derecho».

De ahí se desprende, con la lógica de un dominó bien alineado, que la salud no es un derecho, la educación no es un derecho, la vivienda tampoco, y que en realidad los únicos derechos que merece ese nombre son los que el Estado garantiza sin abrir la billetera, es decir, básicamente, dejarte en paz.

Es una idea ordenada para definir que son los derechos. Tiene la belleza austera de las cosas simples. Pero hay un problema; esa simplicidad no es una virtud filosófica: es una decisión retórica que consiste en descartar todo lo que complica el argumento antes de formularlo.


El truco del lenguaje sobre que son los derechos: ¿Qué se entiende por «derecho«?

Cuando alguien dice «si cuesta dinero, no es un derecho», está usando una definición muy específica del término, la del liberalismo clásico en su versión más reducida, como si fuera la única definición posible, la natural, la que cualquier persona razonable adoptaría si no estuviera contaminada por la ideología.

que son los derechos - oficina publica

Pero definir qué es un derecho es uno de los problemas más disputados de la filosofía política. Existen al menos tres tradiciones con respuestas distintas e igualmente articuladas: la iusnaturalista, que ancla los derechos en la naturaleza humana o en la razón; la positivista, que los ancla en lo que el sistema jurídico reconoce; y la construccionista, que los ancla en los acuerdos morales y políticos de una comunidad. Ninguna de las tres llega, por sí sola, a la conclusión de que el costo económico es el criterio determinante.

La definición que circula en las redes sociales sobre lo que son los derechos no es una verdad filosófica descubierta: es una toma de posición dentro de un debate que lleva siglos. Presentarla como si fuera lo opuesto, como si fuera el punto cero desde el cual todo lo demás es ideología, es exactamente el tipo de operación que el pensamiento crítico debería aprender a identificar.


La falacia del costo: el Estado mínimo también abre la billetera

Aceptemos, por un momento, la lógica del argumento en sus propios términos. Si lo que cuesta dinero no puede ser un derecho, entonces el derecho a la propiedad privada tampoco lo es.

que son los derechos - acceso a la propiedad

Porque el derecho a la propiedad no existe en el vacío. Requiere registros catastrales, notarías, tribunales civiles, fuerzas de seguridad capaces de perseguir el robo, un sistema judicial que procese las disputas y un Estado que ejecute las sentencias. Todo eso cuesta dinero, y bastante.

Lo mismo ocurre con el derecho al voto: padrón electoral, urnas, fiscales, juzgados electorales, escrutinio. O con el derecho a un juicio justo: defensorías, jueces, edificios, personal. No existe ningún derecho que el Estado garantice sin que alguien pague algo.

Menos mal que el libertarismo más coherente lo reconoce y abraza el Estado mínimo exactamente porque acepta que hay una función ineludible de financiamiento colectivo. La pena es que la acota a la protección de la propiedad y la seguridad física.

Es una posición respetable, pero es política, no una deducción lógica de la naturaleza de los derechos. Decir que ciertos derechos son válidos porque sus costos son «menores» o «más legítimos» es introducir subrepticiamente un juicio de valor que el argumento original sobre que son los derechos en su naturaleza, decía no necesitar.


El convenio que ya existe, aunque no le guste

El argumento afirma que la salud o la educación podrían ser derechos si existiera un convenio social que así lo estableciera. Pero ese convenio existe. Se llama sistema impositivo y redistribución de recursos públicos, y está vigente en la Argentina desde hace décadas.

que son los derechos - educación pública

Lo que en realidad se está diciendo, debajo del ropaje filosófico, es que ese convenio debería no existir, o debería tener un alcance menor. Es una preferencia política perfectamente legítima. Lo que no es legítimo es presentarla como si fuera una verdad filosófica neutral, anterior a cualquier discusión política. «No tienes derecho a la salud porque no existe ese convenio» es, en el contexto argentino actual, simplemente falso como descripción y revelador como prescripción.

Tampoco es menor el problema de quién decide cuándo un convenio «existe» o no. En la lógica del argumento, parece que los convenios que protegen la propiedad sí existen y son legítimos, mientras que los que sostienen sistemas de salud o educación pública son artificiales o son favores del Estado disfrazados de derechos. La asimetría no es filosófica: es ideológica.


La trampa del auto: cuando la analogía trabaja en contra

El ejemplo del automóvil que se usa para ilustrar el argumento es ingenioso, pero tiene un defecto estructural que lo hace funcionar exactamente al revés de lo que pretende.

Un automóvil es un bien privado cuyo consumo es rival y excluyente: si yo lo uso, vos no podés usarlo al mismo tiempo, y si no pagás, podés ser excluido sin que eso afecte al resto de la sociedad de manera significativa. La salud y la educación no funcionan así, y cualquier manual básico de economía lo explica sin necesidad de recurrir a la ideología.

Una persona sin vacunar en medio de una población vacunada no solo se pone en riesgo a sí misma: pone en riesgo a las personas que no pueden vacunarse por razones médicas y a las que están en contacto con ella. Una población con bajos niveles educativos no solo afecta las perspectivas individuales de cada persona sin educación: reduce la productividad agregada, aumenta la conflictividad social y deteriora la calidad institucional del conjunto.

Estos efectos, que los economistas llaman externalidades, son la razón por la cual incluso los teóricos más ortodoxos del mercado libre, desde Hayek hasta Friedman, admitían algún grado de intervención estatal en salud y educación por coherencia interna con su propio marco teórico (y no porque los caracterizara la generosidad).

Comparar el derecho a la salud con el derecho a tener un vehículo o un bien de ese tipo no es una analogía, se trata de una simplificación que omite las características que hacen relevante la diferenciación.


Los derechos no nacieron completos: una historia breve

Existe la tentación de pensar que los derechos son un conjunto fijo, definido de una vez y para siempre por algún fundador de la modernidad política, y que todo lo que se fue agregando después es una distorsión progresista del original. La historia no acompaña esa lectura.

que son los derechos - audiencia pública

Los derechos civiles que hoy se dan por sentados, el habeas corpus, la libertad de expresión, la presunción de inocencia, fueron conquistados a lo largo de siglos contra resistencias de poderes que también tenían argumentos filosóficos para negarlos.

Los derechos políticos, el sufragio universal incluyendo el femenino, tardaron aún más, y también fueron resistidos con argumentos que en su momento sonaban tan sólidos como el de «si cuesta dinero, no es un derecho».

Los derechos sociales, reconocidos internacionalmente a partir de la segunda mitad del siglo XX, surgieron como respuesta a fracasos históricos concretos y documentados del mercado para garantizar condiciones mínimas de vida digna.

Tampoco es que los derechos sociales sean filosóficamente idénticos a los civiles. Son distintos en su estructura y en las obligaciones que generan para el Estado. Pero esa diferencia no equivale a decir que los segundos no son «derechos reales». Equivale a decir que plantean desafíos distintos de implementación y financiamiento, algo que nadie con seriedad discute.

La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, redactada bajo la influencia directa de quienes habían visto los resultados de ignorar esos problemas, incluyó tanto los derechos civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales. Allí se definieron que son los derechos por pura experiencia.


La simpleza como elección, no como virtud

Hay algo seductor en los argumentos que parecen resolver en una línea lo que otros tardan volúmenes en plantear. Esa seducción es, en sí misma, una señal de alerta para quien practica el pensamiento crítico con alguna seriedad.

Los problemas genuinamente complejos no tienen soluciones de una línea. Qué son los derechos, cuáles merecen ese nombre, qué obligaciones generan para el Estado, cómo se financia su garantía y cómo se resuelven los conflictos entre derechos que compiten entre sí son preguntas que la filosofía política lleva siglos respondiendo de maneras distintas, parciales y siempre revisables. Pretender que la respuesta es «si cuesta dinero, no es un derecho» no es filosofía: es el fin de la filosofía disfrazado de su comienzo.

Lo más honesto que puede decirse de ese argumento es que expresa una preferencia política legítima, la de un Estado con funciones muy acotadas, un mercado como mecanismo principal de asignación de recursos y una concepción de la libertad centrada en la no interferencia.

Y eso, en términos de pensamiento crítico, es exactamente el tipo de operación que conviene aprender a identificar antes de compartirla.

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    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es la diferencia entre derechos negativos y derechos positivos?

    Los derechos negativos son los que exigen al Estado abstenerse de actuar: no detenerme sin causa, no censurarme, no confiscar mi propiedad. Los derechos positivos son los que exigen al Estado hacer algo: proveer educación, garantizar acceso a la salud, asegurar condiciones mínimas de vida.

    ¿Es cierto que los derechos sociales no son reconocidos internacionalmente?

    No. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, vigente desde 1976 y ratificado por más de 170 países, reconoce expresamente el derecho a la educación, a la salud, al trabajo y a un nivel de vida adecuado. Argentina lo incorporó a su Constitución Nacional en 1994, con jerarquía constitucional.

    ¿Puede un Estado garantizar derechos sin cobrar impuestos?

    No existe ningún sistema jurídico funcional que garantice derechos sin algún tipo de financiamiento colectivo. Incluso el Estado mínimo que solo protege la propiedad y la seguridad requiere tribunales, policía y fuerzas armadas, todo lo cual se financia con impuestos.

    ¿La educación y la salud son bienes públicos en sentido económico?

    Tienen características de bienes públicos o cuasi-públicos, especialmente en lo que respecta a las externalidades positivas que generan: una población educada y sana beneficia al conjunto de la sociedad, no solo a quienes reciben la educación o el tratamiento médico.

    ¿Existe una forma de determinar que son los derechos sin equivocaciones?

    Solo informándose porque no se trata de un tema cerrado. Es orgánico y va optmizándose de acuerdo a la evolución social. Este artículo es una buena contribución.

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